examen riesgo quirúrgico

Riesgo terapéutico o accidente médico. 137 Cf. Cf. Siempre que nos encontremos ante un traumatismo craneal debemos sospechar la posibilidad de una lesión en la columna vertebral. (La Semaine juridique) ed. Se revisará el concepto de riesgo terapéutico o accidente médico (A), como las alternativas para designar a un responsable o garante. G. 2000, actualité, p. 2267; y Geneviève Viney, “Breves remarques à propos d’un arrêt qui affecte l’image de la justice dans l’opinion”, en J.C.P. G 2000, p. 212. 1547 del Código Civil).61 Este juicio de reproche de la conducta del médico se efectúa en abstracto, comparando el comportamiento efectivo con el esperado de un médico prudente, pero considerando también las circunstancias externas en que intervino. infra N° 11 nota 38). (La Semaine juridique) ed. 96 Cf. infra N° 14). En segundo lugar, la misma complejidad del acto médico exige la intervención de múltiples especialistas, lo que ha tenido por consecuencia una relajación o despersonalización de la relación entre el médico y el paciente. Patrice Jourdain, “Loi anti- Perruche: une loi démagogique”, en Dalloz 2002, point de vue, p. 891. La lesión medular implica siempre una lesión traumática en la estructura músculo esquelética, ósea y en los ligamentos. 2), condición que podría entenderse cumplida al menos respecto de los hospitales y clínicas (que otorgan, además de prestaciones médicas, otros servicios como los de hotelería). Riesgo terapéutico en el derecho nacional. Con frecuencia, la negligencia médica provoca este tipo de daños, consistentes en atentados a la integridad física que originan perjuicios patrimoniales (pérdida de ingresos, gastos de recuperación, etc.) 9). Soluciones posibles. Asimismo, en el derecho francés en una responsabilidad cercana a la médica, se entiende que un centro de transfusión sanguínea que precisa que la extracción de sangre no presenta ningún riesgo, contrae una obligación de resultado en relación a los donadores.83 Pero, sin lugar a dudas, los médicos son reacios a obligarse a determinados resultados, siendo la naturaleza de la prestación médica la fuente principal de tales obligaciones. Es cierto que la medicina se apoya en una ciencia, en prácticas, que poseen un lenguaje más bien indescifrable para el paciente. 39. 100 Estas entidades que efectúan exámenes deben también entenderse sujetas a una obligación de resultado en cuando a la custodia de esas muestras. Sobre este proyecto de ley: cf. 1ª, p. 234 y s., y Gaceta Jurídica Nº 257, 2001, p. 39 y s. Cf. Interruptor de Navegación 494 y s.; Geneviève Viney y Patrice Jourdain, Les conditions..., op. El procedimiento quirúrgico que se realiza para el síndrome del túnel carpiano se llama “liberación del túnel carpiano.” Existen dos técnicas quirúrgicas distintas para hacer esto, pero el objetivo de ambas es aliviar la presión sobre el nervio mediano, al cortar el ligamento que forma el techo del túnel. 5° inc. 1 (trato digno); 5° letras c y d (privacidad); 11 y s. (confidencialidad de la “ficha clínica”); 3° (no discriminación), y 7° y s. (acceso a la información). Cf. cit., párr. WebA las 12:23 horas el examen hematológico muestra hematocrito de 10%, hemoglobina de 3,2 g/dl, plaquetas 62.000 ul. Esto se conoce como pericardiectomía quirúrgica o ventana pericárdica. L’indemnisation des accidents médicaux”, en Dalloz 2002, chr., p. 1371; Anne Laude, “L’indemnisation collective des accidents thérapeutiques”, en Le nouveau droit de malades, París, Litec, 2002, p. 97 y s.; y, Mauricio Tapia, “Responsabilidad médica en Francia...”, op. Según esta clasificación, la obligación de cuidados a que se compromete el médico es una obligación de medios, como concluyó tempranamente en el derecho nacional Orlando Tapia S. (1941): “por regla general, el médico no se obligará a otra cosa que a emplear en el cuidado del enfermo la prudencia y diligencia necesarias... no se compromete, en manera alguna, a sanar al enfermo, sino solamente a desplegar todos los cuidados y precauciones que las reglas propias de su profesión requieran...”, así, “si el enfermo pretende que el médico no ha empleado la diligencia y prudencia debidas en su atención, deberá ser él quien pruebe esta circunstancia”.60 Por ello, para determinar si el médico ha incumplido su obligación y actuado negligentemente será necesario que el paciente acredite que el comportamiento efectivo del médico se alejó no de la conducta de un “buen padre de familia” cualquiera, sino de aquella que podía esperarse de un profesional competente y diligente (culpa leve; art. OBJETIVOS DEL TRATAMIENTO PERIODONTAL QUIRÚRGICO. cit., p. 679 y s.; Geneviève Viney y Patrice Jourdain, Les conditions, op. Respecto de la responsabilidad de clínicas u hospitales, por el propio o de sus dependientes: cf. 102 Aunque en muchos casos la jurisprudencia responsabiliza indebidamente al médico por estos errores inevitables. Constituye verdaderamente una obligación de resultado aquella de transmitir materialmente la información, de ponerla a disposición del paciente, especialmente cuando se trata de comunicar resultados de exámenes médicos.93 Sin embargo, en atención a que el profesional es el mejor capacitado para acreditar la entrega de la información, así como su pertinencia y suficiencia, se tiende a invertir el peso de la prueba en su contra.94, 24. Sobre este proyecto de ley: cf. de Concepción, 20 de mayo de 2002, Gaceta Jurídica N° 268, 2002, p. 93 y s.; casación declarada inadmisible por la C.S., 29 de octubre de 2002). Sobre este proyecto de ley: cf. 99 C.S., 5 de nov. 2001, R.D.J., t. XCVIII, sec. sobre la posibilidad de aplicar las normas de la ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, a los hospitales y clínicas: infra N° 11 nota 38. 139 Cf. Como ocurre usualmente con los fenómenos sociales, una reacción conduce progresivamente a los usuarios de los servicios de salud a efectuar una reivindicación del respeto de su dignidad en los tratamientos médicos a que son sometidos. WebDurante un examen físico, el proveedor de atención médica puede encontrar distensión, sensibilidad o hernias en el abdomen. 110 Tal como sostiene François Chabas: “La réparation des conséquences de l’aléa thérapeutique”, en J.C.P (La Semaine juridique) ed. Aunque todavía genere algunas discusiones, existe un relativo acuerdo acerca de la naturaleza contractual de la responsabilidad del médico (A), pero la intervención de clínicas y hospitales involucra nuevos problemas de calificación (B). cit., p. 78 y s. También en el derecho francés (cf. Finalmente, la intervención de hospitales públicos en gran parte de los actos médicos en Chile plantea, ciertamente, la cuestión de la definición de la responsabilidad del Estado por “falta de servicio”.47, Un estudio nacional reciente trata extensamente estos problemas de calificación cuando el acto médico se efectúa por intermedio de un hospital o clínica.48 En la práctica, es necesario determinar si es posible singularizar al profesional negligente: si ello es factible, la víctima podrá accionar contra éste directamente, demandar la responsabilidad por el hecho ajeno del hospital o clínica (que naturalmente dispondrá de más recursos que el dependiente para asegurar la reparación), o bien, intentar perseguir solidariamente a ambos49 (solución usual en el derecho comparado). infra N° 39). Este perjuicio no puede incluir las cargas particulares que derivan, durante toda la vida del niño, de esta discapacidad. En Francia, luego que la jurisprudencia pusiera a cargo de las clínicas,125 y más tarde de los médicos,126 la responsabilidad por estas infecciones, la ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, retrocedió, creando una responsabilidad sin culpa a su respecto pero únicamente a cargo de los establecimientos de salud.127 Pero estas disposiciones enfrentaron una fuerte resistencia de las compañías aseguradoras, constatándose un alza considerable de las primas de seguros de responsabilidad, lo que provocó que muchos profesionales se negaran a tomar esos seguros y que se suspendieran actos médicos en algunas áreas (puesto que el seguro es declarado obligatorio por la ley).128 Los aseguradores lograron que la ley N ° 2002-1577, de 30 de diciembre de 2002,129 introdujera una nueva disposición que efectúa una distinción entre infecciones intrahospitalarias que generan daños leves (que seguirán sujetas a la responsabilidad sin culpa de los establecimientos de salud, esto es, a la carga de sus aseguradores) y las infecciones intrahospitalarias que provocan daños graves (que serán indemnizadas por la ONIAM a título de la solidaridad nacional). sin referirse al fondo), Gaceta Jurídica N° 265, 2002, p. 127 y s. 117 Generalmente, entre las causas del aumento de las infecciones intrahospitalarias se señalan los mismos avances de la ciencia médica: los sistemas de respiración artificial, los trasplantes, los procedimientos terapéuticos invasivos, el cuidado de niños prematuros, etc. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción (10 agosto 2000),119 que condenó al Servicio de Salud de Talcahuano al pago de una indemnización de 70 millones en favor del marido y de 40 millones en favor de cada uno de los dos hijos de la víctima. en este sentido: François Chabas, “L’assurance de personne au secours du droit de la responsabilité”, en Revue Risques N° 14, abril-junio 1993, p. 83 y s. 106 Cf. 31. 131 Vinculado al concepto de “reparación íntegra del daño” de la práctica judicial nacional, esta evolución ha significado el reconocimiento progresivo de un derecho casi sistemático de las víctimas a la reparación de todos sus perjuicios. 39 En el derecho nacional, Pedro Zelaya sostiene la procedencia del cúmulo de responsabilidad en materia médica, concluyendo que esta solución del derecho comparado ha llevado a que la responsabilidad médica sea eminentemente extracontractual. 317. En Francia, un fallo de principio resolvió que el médico no está dispensado de informar por el solo hecho de que los riesgos se realicen “excepcionalmente”;89 pero cabe la pregunta de si, al obligar a los médicos a señalar todos los riegos graves, aunque sean excepcionales, se aterroriza inútilmente a los paciente, incentivando las “medicinas paralelas”90. Una exploración por RMN es útil para detectar el linfoma que se ha propagado a la médula espinal o al cerebro. Pero ¿qué ocurre si el médico utiliza productos vencidos o instala una prótesis defectuosa? Cuando se presenta una fractura del cráneo, lo más importante es la posible lesión del encéfalo. Vinculado con estas cuestiones, en el ámbito de los servicios públicos de salud, el Hospital San Juan de Dios afirmó recientemente que el 8 de septiembre de 2003 suprimió unas insólitas disposiciones de un reglamento interno del año 1990 que obligaba a los pacientes, antes de la operación, a firmar un documento en el que asumían la entera responsabilidad si la operación no resultaba exitosa (Diario La Tercera, 17 de septiembre de 2003). Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS) Descarga la convocatoria completa aquí: Convocatoria DGCES 2021.pdf supra N° 4 y nota 16. (La Semaine juridique) ed. cit., p. 107 y s. Hernán Corral alude a esta confusión entre la culpa y estos errores que califica de “imprevisibles” en materia médica (op. cit., p. 416 y s; y Geneviève Viney y Patrice Jourdain, Les conditions, op. Pueden consultarse los siguientes casos recientes de responsabilidad civil extracontractual médica resueltos en sede penal: C.S., 2 de julio de 1998, R.D.J, t. XCV, sec. WebEl riesgo de recidiva aumenta tras cada reaparición después del primero, siendo de 30 % tras el primero, 40 % después del segundo, y más del 50 % posteriormente a la tercera ocasión. 24 Sobre estas discusiones: cf. 136 Aunque, en este ámbito, la jurisprudencia comparada utiliza frecuentemente (y de forma indebida) la teoría de la pérdida de una oportunidad para ocultar sus incertidumbres acerca de la relación de causalidad y condenar de forma parcial al médico (y no por la muerte o la agravación del paciente).137 Existen resguardos para evitar que la pérdida de una oportunidad extienda la reparación a los límites de la especulación:138 se exige que la oportunidad perdida sea real y seria.139 En esencia, significa que se niega la reparación si existía una baja probabilidad objetiva de obtener el bien en juego (el paciente tenía muy pocas posibilidades de sanar o sobrevivir). G 1998, II, 10178, nota I. Moine-Dupuis. WebProcedimiento quirúrgico. WebExamen de medicina preventiva. 17. supra N° 4 y nota 16. ), cuya causa precisa permanece generalmente desconocida, y c) es un suceso eventual, excepcional (por esto se denomina “riesgo” o “accidente”), provocado en ausencia de todo acto negligente del médico.101 Ejemplos de riesgos terapéuticos son las infecciones intrahospitalarias (contraídas por el paciente, en el pabellón de operaciones o por el hacinamiento en las salas); algunas afecciones iatrogénicas que provocan daños al paciente (sobre todo, las reacciones inusuales a un tratamiento o a un medicamento); una parálisis total o graves trastornos nerviosos generados por una operación inofensiva; el deceso consecutivo a la aplicación de una anestesia, etc. Cf. 126 Première Chambre civile de la Cour de cassation, 13 de febrero de 2001, Gazette du Palais, 21-23 abril 2002, p. 2, nota François Chabas. Orlando Tapia, op.cit., p. 384 y s. 67 El proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud no contribuye demasiado a aclarar estas dudas en materia de responsabilidad civil médica. WebEste examen se realiza generalmente cuando el paciente tiene dolor de huesos o cuando otras pruebas indican que el linfoma ha viajado hasta los huesos. (A) Pérdida de oportunidades de sanar o de sobrevivir, 35. Cf. Le fait juridique, París, Armand Colin, 2003, 10ª ed, p. 126 y s.; Philippe Le Tourneau y Loïc Cadiet, op. La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción (6 de marzo 2002)122 que condenó al Servicio de Salud Concepción al pago de 65 millones de pesos a la víctima por concepto de daño moral. 129 Journal officiel, 31 de diciembre de 2002, p. 22100. Sin embargo, al menos en el segundo caso, se acreditó en el juicio una negligencia: una desidia en la adopción de medidas correctivas una vez provocada la infección. Droit des malades, París, Dalloz Référence, 2002, p. 15. cit., p. 416 y s.; Boris Starck, Henri Roland y Laurent Boyer, Obligations 1, Responsabilité délictuelle, París, Litec, 1996, 5ª ed., p. 61 y s.; François Terré, Philippe Simler e Yves Lequette, Droit civil, Les obligations, París, Précis Dalloz, 2002, 8ª ed., op. de Copiapó, 25 de marzo de 2002 (sentencia firme), Gaceta Jurídica N° 265, 2002, p. 127 y s. 44 Sin duda, influyó en esta práctica la opinión de una parte de la doctrina nacional, que estima que en el juicio penal sólo podía acumularse la acción de responsabilidad civil extracontractual. XV, diciembre 2003, p. 75-111, Responsabilidad civil médica: riesgo terapéutico, perjuicio de nacer y otros problemas actuales *. 123 Ibídem, cons. El paciente, en la modernidad, aparece como un demandante de una prestación, un consumidor más bien anónimo de servicios médicos.9 Lamentablemente esta masificación en la actividad médica ha conducido a una impersonalidad muy próxima de la indolencia frente a la situación del paciente, para quien la enfermedad es generalmente un momento desastroso en su vida. Como se trata de enfermedades hereditarias incurables, el cumplimiento oportuno y adecuado del deber de información del médico no habría evitado la discapacidad del niño, sino que habría permitido a los padres recurrir a la opción del aborto terapéutico. de Copiapó, 25 de marzo de 2002 (el recurso de casación fue declarado inadmisible por la C.S. En el ámbito médico, al obligarse a sanar al paciente, evidentemente, el profesional también se compromete a velar por su seguridad, siendo procedente la reparación de los perjuicios extrapatrimoniales que derivan del incumplimiento de esta obligación.38, Esta evolución, unida a una mayor tolerancia frente a la opción o cúmulo de responsabilidad, puede transformar en académica esta discusión acerca de la naturaleza de la responsabilidad civil médica.39, 12. 78 Cf. Diario La Tercera, 16 de junio de 2003). 127 “Los establecimientos, servicios y organismos arriba mencionados son responsables de los daños resultantes de las infecciones hospitalarias, salvo si ellos aportan la prueba de una causa inimputable” (art. Concepto y alcance de la reparación. Una corte de apelaciones rechazó la reparación de ese “lucro cesante”, por considerar que se trataba de “meras conjeturas”, faltando antecedentes ciertos sobre su capacidad de trabajo y sus posibles actividades futuras. de Iquique, 9 de enero de 2002 (confirmada por la Corte Suprema, 2 de abril de 2003), Gaceta Jurídica N° 274, 2003, p. 194 y s.; y, C.A. 111 Sobre la indemnización de los accidentes médicos en esta ley del año 2002: Angelo CASTELLETTA, op. Por esto, la conducta que puede esperarse de un médico que opera a un paciente en un hospital de provincia de pocos recursos o bien en una situación de urgencia, es diferente de aquella que se puede exigir de un médico que planifica una operación en una clínica especializada con medios sofisticados.62, 16. Así, más que un “perjuicio de nacer” se trata de un “perjuicio de nacer discapacitado”. infra N° 37. 34. Directa o indirectamente, cerca del 30% de los casos de negligencia médica estarían vinculados a la mala administración de la anestesia.20, Pero estas cifras son engañosas, pues existe un gran número de negligencias médicas que por ocurrir en establecimientos públicos sólo se investigan y se sancionan mediante sumarios administrativos. cit., p. 39 y s. 36 En el derecho nacional, la ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, aplicable a los contratos de prestación de servicios, considera cláusulas abusivas en tales contratos: las que atribuyen al consumidor el efecto de deficiencias, omisiones o errores administrativos inimputables (art. 59 y s.). En un excelente estudio, Yvonne Lambert-Faivre trazó la historia moderna de la responsabilidad civil como la evolución desde la concepción decimonónica de “deuda de responsabilidad” hacia otra estructurada sobre el “crédito de reparación” (en que interesa esencialmente resarcir a la víctima). Esta página se editó por última vez el 2 oct 2022 a las 11:45. Teléfono: 56 2 28275700 E - mail: agencia@agci.gob.cl p. 23 y s. y 52 y s. En todo caso, dos fallos recientes de la Corte de Apelaciones de Concepción se refieren a la posibilidad de la opción en materia médica, citando este artículo de Pedro Zelaya: 10 de agosto de 2000 (Gaceta Jurídica N° 259, 2002, p. 38 y s.) y 20 de mayo de 2002 (Gaceta Jurídica N° 268, 2002, p. 93 y s.). G 1997, I, 4016. (La Semaine juridique) ed. Como la misma Corte Suprema lo reconoce en una sentencia, la carencia de medios y de personal calificado en la medicina nacional es simplemente intimidante. ).14, 5. 47 Existe una memoria de prueba, publicada posteriormente como libro, que trata de la responsabilidad del Estado por la actuación de los servicios de Salud, y que tiene una posición, absolutamente cuestionable, proclive a la responsabilidad objetiva en esta área: Andrés Vásquez, Responsabilidad del Estado por sus Servicios de Salud, Santiago, Editorial Jurídica Conosur, 1999. François Chabas, Cien años de responsabilidad civil en Francia, op.cit., párr. Existen dos métodos frecuentes de aborto quirúrgico por aspiración con vacío manual , que se puede hacer durante las 12 primeras semanas de embarazo y consiste en la extracción de todo el tejido que contiene el útero con un instrumento succionador de manera manual y … Esto se hace sin agujas. 108 En el famoso arrêt Bianchi, Conseil d’Etat, 9 de abril de 1993, Dalloz 1994, somm., p. 65. En el derecho francés, fue precisamente el problema del riesgo terapéutico el que provocó la intervención legislativa en el ámbito de la responsabilidad médica el año 2002.107 En materia administrativa, tratándose de hospitales públicos, el Conseil d’Etat había puesto a cargo de la administración en el año 1997 las consecuencias del riesgo terapéutico.108 En el ámbito privado, esta solución fue contradicha por la Cour de cassation, en el año 2000, afirmando que sus consecuencias no entran en el campo de obligaciones contractuales del médico frente a su cliente.109 Evidentemente, sobre el plano humano, existe un “mundo de diferencia” entre hacer pesar sobre la administración pública el deber de repararlos y hacer responsable personalmente a un médico de las graves consecuencias de estos accidentes.110 La ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, 111 uniformó las reglas aplicables al sector público y privado, afirmando que sólo en el caso de ser imposible establecer una responsabilidad de médicos y clínicas a su respecto, opera subsidiariamente una indemnización a cargo de un fondo de garantía.112 La reparación se efectúa por un organismo público (ONIAM), que debe indemnizar a título de la solidaridad nacional los daños causados por el riesgo terapéutico, siempre y cuando estos accidentes, infecciones intrahospitalarias o afecciones iatrogénicas tengan consecuencias graves y anormales en relación al estado del paciente y a su evolución previsible (muerte, incapacidades permanentes, infecciones hospitalarias severas, etc. 106, 28. Geneviève Viney y Patrice Jourdain, “L’indemnisation des accidents médicaux: que peut faire la Cour de cassation?”, en J.C.P (La Semaine juridique) ed. La falta parecía “caracterizada” y la Cour, haciendo aplicación de la nueva ley, condenó a reparar el perjuicio moral del niño avaluado en 15.245 euros, disminuyendo hasta ese monto la indemnización fijada originalmente por el primer juez que ascendía a 152.449 euros. cit., p. 475 y s. 94 Transformándose, en la terminología de la doctrina francesa, en una obligación de medios agravada. 76 Estos casos (nervio lesionado y arteria cortada) son citados de la jurisprudencia francesa por François Chabas en el comentario: “La maladresse constitue une faute”, en Droit et patrimoine, octubre 2000, p. 99. cit., p. 12 y s. 153 En este sentido: Chambre criminelle de la Cour de cassation, 4 de febrero de 1998, J.C.P. La succión se utiliza para extraer el feto y el material conexo del útero. Cf. Pero en términos prácticos, no existen diferencias entre crear una obligación de resultado a cargo del médico y hacerlo responsable extracontractualmente de manera “estricta” de los daños que derivan del incumplimiento.80. [1] Las hernias más comunes se desarrollan a través de la pared abdominal, a través de orificios naturales o artificiales que constituyen los puntos débiles en los cuales comienza el proceso de formación de la hernia. No obstante, en las responsabilidades profesionales, como la proveniente de la actividad médica, las diferencias entre estos estatutos resultan particularmente odiosas, pues el incumplimiento de los deberes profesionales acarrea en ocasiones daños tanto a clientes como a terceros, y ¿cómo puede justificarse que esta situación afecte las condiciones o la extensión de la responsabilidad del médico si se trata de una misma prestación profesional? J.C.P., La Semaine juridique, ed. A pesar de que existe un relativo consenso acerca de una fuerte presencia de la responsabilidad contractual en este ámbito,40 los casos fallados por la jurisprudencia nacional son resueltos frecuentemente en sede extracontractual,41 cuestión que se explica por algunas ventajas de este estatuto (por ejemplo, evitar la discusión, todavía presente en el derecho nacional, sobre la procedencia del daño moral en materia contractual),42 y porque numerosos casos de negligencia médica se resuelven en sede penal donde se deduce accesoriamente la acción civil extracontractual de indemnización de perjuicios.43 Esta práctica tiene un grado de artificialidad.44 En una conocida decisión del año 1995 contra los médicos que operaron por error la cadera izquierda y no la derecha del ministro Lionel Beraud, se concluyó retóricamente, para extraer los hechos del ámbito contractual, que éste sólo había prestado consentimiento para la operación de la cadera con problemas y no de la erróneamente operada.45, (B) La responsabilidad de hospitales y clínicas, 13. 171 La disposición continúa así:“La persona nacida con una discapacidad debida a una falta médica puede obtener la reparación de su perjuicio cuando el acto culposo ha provocado directamente la discapacidad o la ha agravado, o no ha permitido tomar las medidas adecuadas para atenuarlo. Papel “borroso” de la voluntad del paciente. 158 Esta resolución fue confirmada categóricamente por cinco fallos, de la misma Assemblée plénière, de 13 de julio y 28 de noviembre de 2001. La responsabilidad médica presenta algunos problemas de calificación, pues no siempre (aunque es lo más frecuente) la intervención de un paciente se efectúa en cumplimiento de un contrato médico.25 No existe contrato, por ejemplo, si éste es anulado o bien cuando faltó el consentimiento del paciente (fue atendido en una situación de urgencia o ingresó en estado de inconsciencia). Extensión de los perjuicios reparables. Está justo debajo de la vejiga (órgano que recibe y expulsa la orina) y delante del recto (parte inferior del intestino).Es casi del tamaño de una nuez y rodea … 1. 1ª, p.157 y s. 70 2 de julio de 1998, R.D.J., t. XCV, sec. los estudios de François Chabas: Cien años de responsabilidad civil en Francia, op.cit., párr. cit., p. 371 y s.; Philippe Malaurie y Laurent Aynès, Obligations. (A) La responsabilidad contractual del médico, 10. Estos daños, denominados en la práctica anglosajona wrongful birth, que están en relación de causalidad con la negligencia del médico, tienden a ser reparados en el derecho comparado, siempre y cuando se hubiesen reunido las condiciones para efectuar un aborto terapéutico y conste (o se presuma) que los padres habrían ejercido esa opción.155 Pero el niño, ¿puede demandar a los médicos por el hecho de nacer gravemente discapacitado? Tal discusión, como puede comprobarse en fallos nacionales recientes6 es desplazada generalmente por la víctima hacia el ámbito penal, aprovechando sus ventajas procesales, pero también tras la búsqueda de “un verdadero proceso”, que desemboque en una pena que infiera un sufrimiento equivalente a quienes designa como responsables7 (situación que podría variar con la reforma procesal penal).8 No obstante, en los casos en que se le obliga a acreditar la negligencia, el sistema probatorio, sumado a esta complejidad de la medicina moderna, no hace más que prolongar los inconvenientes para el paciente: la ficha clínica o expediente médico resulta inaccesible o incomprensible; los informes de expertos son costosos, sus conclusiones excesivamente técnicas y, con frecuencia, demasiado equívocas a causa de una perniciosa y mal entendida solidaridad corporativa; en fin, la tarea de individualizar el origen del daño provocado en un establecimiento hospitalario donde intervienen múltiples profesionales y paramédicos, y una infinidad de instrumentos médicos, termina muchas veces convirtiendo la acreditación de la culpa del médico en una “prueba diabólica”. WebA.D.A.M., Inc. está acreditada por la URAC, también conocido como American Accreditation HealthCare Commission (www.urac.org). Así también en Chile, el proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud, contempla el derecho a la información (arts. (A) Obligación principal de medios del médico. 136 Sin embargo, cuando un médico omite informar a la víctima sobre los riesgos graves de una operación no puede repararse la pérdida de una oportunidad de sobrevivir o sanar, pues las oportunidades son una cuestión objetiva, que debe depender del azar y no de la voluntad de una persona (en este caso de la víctima, que debidamente informada sobre los riesgos habría decidido, probablemente, no someterse a un tratamiento). ).113, 29. Desgraciadamente no hay soluciones unívocas en el derecho comparado.78 Sin embargo, generalizando (simplificando) puede sostenerse que: por una parte, razones de seguridad sanitaria, consideradas prioritarias por la sociedad, justifican que, excepcionalmente, ciertos resultados deban ser garantizados al paciente, no aceptándose la excusa del error o de la diligencia por parte del médico (obligaciones de resultado médicas); y, por otra parte, algunos accidentes médicos graves, en cuyo origen pudo haber estado o no una inadvertencia médica inevitable, deben quedar fuera del ámbito de las obligaciones del médico, sujetos a un sistema de socialización del riesgo (riesgo terapéutico). Estimulado por el natural aumento de la población, esta actividad profesional se distancia de la antigua relación de confianza con el “médico de cabecera”. La medicina es una de las actividades profesionales más expuestas en la actualidad al riesgo de acciones de indemnización de perjuicios. En el derecho comparado, estos riesgos han instado a que sobre la base del denominado principio de precaución se obligue a quienes están en el origen de su producción (como los centros de transfusión sanguínea o los laboratorios) a tomar todas las medidas adecuadas para prevenirlos y a responder de los daños si se realizan.17, 7. La Corte de Justicia de las Comunidades Europeas, por un fallo de 10 de mayo de 2001, confirmó el carácter de esta responsabilidad (Dalloz 2001, jur., p. 3065, nota Kayser). 41 Esta constatación no es novedosa: cf. Pero los efectos desastrosos que tienen estos accidentes en las víctimas hacen insostenible esta solución. 118 C.S., 24 enero 2002, Gaceta Jurídica N° 259, 2002 p. 49 y s. 121 C.S., 30 abril 2003, Gaceta Jurídica Nº 274, 2003, p. 59 y s. Esta sentencia tuvo repercusión pública: Cf. 52, Tal como lo expone el estudio mencionado sobre la responsabilidad de hospitales y clínicas, es posible identificar una tendencia comparada a la objetivación de la responsabilidad de éstos (en contraposición a la responsabilidad de los médicos que sigue fundada en la culpa), 53 fenómeno que en el derecho nacional se percibe de dos formas: por una parte, en la responsabilidad por el hecho ajeno, los tribunales dan prueba de una extrema severidad para apreciar las excusas de que dispone el empresario para desvirtuar la presunción de culpa del artículo 2320 del Código Civil;54 por otra parte, en materia de responsabilidad del Estado por las deficiencias de los servicios de salud, algunos fallos nacionales han intentado una abierta objetivación, tesis que como se expondrá plantearía una desigualdad en perjuicio de Estado, pues las clínicas privadas continúan respondiendo esencialmente por culpa (probada o presunta).55. Una aplicación reciente: C.S., 30 de abril de 2003, Gaceta Jurídica N° 274, 2003, p. 59 y s. 53 Por ejemplo, en el derecho francés, la ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, confirmó la existencia de una responsabilidad sin culpa o estricta por las infecciones intrahospitalarias a cargo de los “establecimientos de salud”, excluyendo, por tanto, a los “profesionales de la salud” que siguen sujetos al régimen general de responsabilidad por culpa: “Los establecimientos, servicios y organismos arriba mencionados son responsables de los daños resultantes de infecciones hospitalarias, salvo si ellos proporcionan la prueba de una causa inimputable” (actual art. Seguimiento recién nacido de riesgo; Trastorno del desarrollo con discapacidad intelectual; Trastorno del desarrollo con discapacidad motora; Trastornos sensoriales; Trastorno del espectro autista; 3.3.5. Una obligación contractual de medios equivale, por ello, a las que en materia extracontractual se denominan obligaciones sujetas al deber general de prudencia y diligencia. cit. cit., párr. 378 y 388. Únicamente corresponde analizar la primera de estas cuestiones (obligaciones de resultado) en esta parte de la exposición, pues el riesgo terapéutico ya no se refiere a la naturaleza de las obligaciones a las que se entiende sujeto el médico sino a las fronteras entre la responsabilidad y la fuerza mayor. Sobre este proyecto de ley: cf. entre las obras recientes: Aubry et Rau, Cours de droit civil français, Responsabilité délictuelle, t. VI-2, por Noël Dejean de la Bâtie, 8ª ed. Por el contrario, el error es una inadvertencia, una falta de atención, una reacción desgraciada que no implica ninguna elección y que pudo haber cometido cualquier buen profesional.73 El acto culpable es aquello que no habría hecho el “buen padre de familia”, el “hombre diligente” o “razonable”, pero éstos no pueden evitar cometer traspiés, estadísticamente ineludibles. Por otra parte, la intervención de clínicas, de hospitales (o incluso mutuales), y de médicos que actúan por cuenta de éstos, provoca también incertidumbres en la calificación de las relaciones que se crean con el paciente víctima del daño. En los traumatismos craneales podemos encontrar: La piel de la cabeza es muy gruesa y se desplaza con cierta facilidad sobre la superficie del cráneo; esto provoca que, en caso de traumatismo, su desprendimiento sea fácil originando las llamadas heridas en escala. En el segundo caso fallado el 28 de noviembre, un médico no había comunicado a la paciente los resultados de una dosificación de beta HCG, que le había propuesto a las seis semanas de amenorrea, y tales resultados, corroborados por exámenes ecográficos, revelaban la discordancia entre un diámetro parietal importante y un fémur demasiado corto, que eran alarmantes y justificaban una consulta de un especialista en genética y en ecografía. L. 6322-2 del Código de la salud pública). Naturaleza de las obligaciones del médico; III. Sobre este proyecto de ley: cf. Cf. sobre esta reforma francesa: Mauricio Tapia, “Décadence et fin éventuelle du principe d’identité des fautes pénale et civile”, en Gazette du Palais, 7-8 marzo 2003, p. 2 et s.; y, Claudine ESPER, “Les conséquences de la loi du 10 juillet 2000 sur la responsabilité médicale des acteurs de santé”, en Médicine & Droit, París, Ed. supra n°4 y nota 16. François Chabas, “L’obligation médicale d’information en danger”, en J.C.P. No obstante, la imprevisibilidad no es el criterio determinante de tales errores, pues ellos son normal y estadísticamente previsibles por todo buen profesional (ocurren a un cierto número de pacientes cada año). 1°). (iv) Nuevos problemas de responsabilidad médica. B. Starck, H. Roland y L. Boyer, op. 30. Riesgo terapéutico o accidentes médicos, y IV. comentario de Andrés Jana y Mauricio Tapia, “Daño moral...”, op. Por el contrario, las únicas disposiciones que tratan la “responsabilidad”, lo hacen para establecer una eximente de responsabilidad civil y penal para los médicos y establecimientos en caso de rechazo de los tratamientos propuestos al paciente (art. 76. La razón de estas disputas es una lectura que se puede efectuar de estos casos: si el médico hubiese satisfecho la obligación de información, no es que el niño habría nacido sin malformaciones sino que simplemente no habría nacido, pues los padres habrían optado por el aborto terapéutico y, así, puede sostenerse que el niño demanda reparación por el solo hecho de existir: que vivir es un perjuicio.156 Pero, como se expondrá, en la casi totalidad de estos casos, lo que el niño demanda y lo que algunas cortes han concedido no es una reparación por el hecho de nacer, sino por el hecho de nacer con una inhabilidad que lo acompañará durante toda su existencia. Sin embargo, rechazó la reparación de este perjuicio en atención a que había sido constatado, en los tres casos, que las condiciones para una interrupción voluntaria del embarazo por motivo terapéutico, única posible a la fecha de las faltas constatadas, no habían sido reunidas (cf. Basil Markesinis, op. La pérdida de una oportunidad, esto es, la frustración de una expectativa de obtener una ganancia o de evitar una pérdida, es un perjuicio que se encuentra entre el daño cierto y el daño eventual.134 La hipótesis es de una víctima que tenía oportunidades de obtener un bien aleatorio que estaba en juego (recobrar la salud) y el agente, al cometer el hecho ilícito, destruyó ese potencial de oportunidades (no efectuó un examen). (La Semaine juridique) ed. WebTraumatismo en los tejidos blandos. 11. Abarca desde una pequeña fisura hasta la rotura total del hueso con desplazamiento de los dos extremos de la fractura del hueso. cit., p. 160). 37. WebSe realizan en tejidos superficiales, fundamentalmente sobre la piel (epidermis, dermis y tejido celular subcutáneo) y faneras (pelo y uñas). 57 y 76. cit., p. 92). Existe el riesgo de sangradura y formación de hematomas, o una concentración de sangre en el sitio de la biopsia. Para el diagnóstico hay que recurrir normalmente a radiografías, resonancia magnética nuclear, artroscopias y artrocentesis. 86 Cf. en este sentido: Felipe de la Fuente H., “La acumulabilidad de la acción civil en el proceso penal”, en Derecho de Daños, Santiago, Lexis Nexis, 2002, p. 111 y s. 9 Por esto, usualmente en esta relación contractual es el hospital o la clínica quien determina las condiciones de contratación, no quedando al paciente otra opción que aceptar o rechazar los cuidados médicos que se proponen y que serán prestados por profesionales que en muchas ocasiones desconoce. Se pueden imaginar tres soluciones para atribuir el peso de estos accidentes. Essai d’une théorie, Paris, LGDJ, 1992, prefacio de J. Ghestin. Se limpia uretra. en el derecho nacional, justificando la indemnización de la pérdida de una oportunidad en caso de estudiantes muertos en un accidente: Andrés Jana y Carlos Peña, Reparación del daño extracontractual, Edición, jurisprudencia y doctrina, texto preparado con la participación de los ayudantes Claudio Gutiérrez y Francisca Román, Santiago, Universidad de Chile, 2002. (A) Concepto de riesgo terapéutico o accidente médico. Secretaría de Educación Pública de México. Respecto de los perjuicios que pueden demandarse en tal caso, una nueva distinción fundamental resulta necesaria: 38. Redes asistenciales. cit., esp. 85 Así, en Francia, una de las principales modificaciones que introdujo la ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, fue convertir en un derecho del paciente la obligación de información médica contenida en el artículo 35 del Código de deontología: “Toda persona tiene el derecho de ser informada sobre su estado de salud” (actual art. 28 y s.; Muriel Fabre-Magnan, De l’obligation d’information dans les contrats. Algunas observaciones sobre estos fallos. La atribución de responsabilidad por el riesgo terapéutico es quizá la cuestión más debatida en la actualidad en materia médica, en la que ha existido una mayor evolución jurisprudencial, completada, en varios países, por la intervención legislativa. ... Las hernias, el vólvulo y la intususcepción conllevan un mayor riesgo de gangrena. Por lo demás, en daños tan difusos la intromisión de la pena privada parece inevitable: la experiencia comparada muestra que usualmente esta suma aumenta según la gravedad de la acción ilícita. Sin embargo, esta evolución, junto al lamentable abandono del estudio del daño por la doctrina nacional, ha originado un cierto relajamiento o desorden en las categorías de daño reparable.132 Paralelamente, entre el daño patrimonial y moral, la doctrina comparada ha desarrollado una tercera categoría denominada daños corporales. En un ámbito cercano al médico, luego de los contagios por sangre contaminada con SIDA, en Francia se hace responsable a los centros de transfusión sanguínea de una obligación de resultado en cuanto a la inocuidad de la sangre que suministran; aunque las clínicas, imposibilitadas de controlar minuciosamente la calidad de la misma, siguen sujetas a una obligación de medios a su respecto.96 Por lo demás, estas reglas son consistentes con las normas comparadas que crean una responsabilidad estricta por los daños causados por productos defectuosos. Así, como señala este autor, cabe preguntarse si al volver responsable al médico de estos accidentes se pone a su cargo ya no una obligación de resultado sino los efectos de la fuerza mayor.104, (B) Atribución del riesgo terapéutico o accidente médico, 27. Les persones, París, Cujas, 1995, párr. Así, después de un traumatismo craneal, nos podemos encontrar ante una herida simple de la cabeza o la cara, una fractura craneal, signos de afectación cerebral o varias de ellas conjuntamente. de Santiago, 26 de mayo de 1944, R.D.J., t.XLI, sec. 4ª, p. 95 y s.). 22. Op. Extensión de los perjuicios reparables. 63 Como se indicó, Orlando Tapia se refirió a esta clasificación de obligaciones de medios y de resultado, y su aplicación a la obligación contractual. Enumeración: A pesar de ser propio de un examen sociológico, puede ser útil enunciar algunas de las causas que han provocado en el último tiempo esta agitación en el ámbito de la responsabilidad médica: (i) los avances de la ciencia médica, y (ii) la relajación de la relación entre el médico y el paciente. J. Sainte-Rose, J.C.P. Los traumatismos torácicos pueden comprometer tanto la vía aérea directamente, como las funciones cardíaca y respiratoria, y, por tanto, implican un riesgo vital para la víctima. François CHABAS. [37] Uno de los primeros cambios que se muestran en un corazón infartado es … ** Magíster en Derecho Privado, Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Cf. La Corte Suprema descartó la responsabilidad de los médicos (penal y civil), pues presentando la paciente condiciones normales, y tratándose de una intervención de menor riesgo, no era previsible la necesidad de un cardiovector en la sala de operaciones.115 En otro caso resuelto por la Corte de Apelaciones de Copiapó, el 25 de marzo de 2002, una paciente sometida a una histerectomía total por vía laparoscópica en un hospital público, sufrió una lesión en el colon sigmoides que la condujo a la muerte, causada por un instrumento eléctrico que se activó accidentalmente mientras se usaba para separar el intestino para completar la cirugía vaginal. Pérdida de continuidad de un tejido óseo. Según el Ministerio de Salud, entre el año 2000 y 2001 se denunciaron 594 casos por presunta negligencia médica, de los cuales un 47% fue sobreseído y sólo un 9% ha concluido con sanciones (desde amonestación escrita hasta expulsión del servicio). Por su parte, se estima que los hospitales del sector público tienen juicios por un monto total de 13 mil millones de pesos por indemnizaciones solicitadas por pacientes (con aproximadamente el 52% de las demandas por negligencia médica). Cf. WebDespués de radioterapia para cáncer, usted debe someterse a un examen regular por su radioncólogo para detectar cánceres recurrentes y nuevos. Pero el golpe definitivo fue dado por las compañías aseguradoras, que anunciaron una alza vertiginosa de las primas, lo que desencadenó una huelga de médicos (especialmente obstetras), que no repararon sobre el hecho que en los pocos casos en que se indemnizó este perjuicio la negligencia médica había sido claramente probada en el juicio.170, 41. Sobre este proyecto ley: cf. por ejemplo: Philippe Le Tourneau y Loïc Cadiet, op.cit., p. 371 y s . Los traumatismos abdominales pueden comprometer a diferentes órganos contenidos dentro del abdomen que forman parte del aparato digestivo, a gruesos vasos sanguíneos, al sistema urinario y al sistema endocrino. Algunas complicaciones que puede causar la erisipela, son: Formación de absceso en la piel; Generalidades. Frente a estas obligaciones el profesional no puede eludir su responsabilidad probando su diligencia o la existencia de un error de conducta inevitable, no quedándole otra excusa que acreditar una causa inimputable (una causa adecuada de los daños externa, imprevisible e irresistible, como la fuerza mayor).79 Teóricamente, como concluyeron los hermanos Mazeaud, la culpa también existe en una obligación de resultado: el deudor se había comprometido a la obtención de un objeto preciso y su sola inejecución constituye una prueba del incumplimiento culpable. Esa resistencia provocó la intervención del legislador mediante la ley N° 2002-303, de 4 de marzo de 2002, que dispone: “Nadie se puede prevaler de un perjuicio del solo hecho de su nacimiento”.171 La ley priva al niño de la indemnización por una discapacidad no revelada durante el embarazo, y obliga a los padres a probar una culpa caracterizada para demandar la reparación, excluyendo en todo caso de la indemnización las cargas particulares que derivan de esa incapacidad para toda la vida del niño (éstas quedan a cargo de un fondo público).172 Esta ley ha sido duramente criticada por la doctrina, por su carácter demagógico y su redacción defectuosa. cit., p. 10. sobre la procedencia de la reparación del daño moral previsible en algunos contratos (como el médico): Andrés Jana y Mauricio Tapia, “Daño moral ...”, op.cit. 147 Algunos estudian la pérdida de una oportunidad como si fuese un tipo de lucro cesante: cf. El error es inherente a la acción humana, y por ello resulta contrario a toda noción de justicia tratarlo como un comportamiento culpable, más aún si se considera la estigmatización que conlleva en el profesional si la víctima, como ocurre en muchos casos, decide ejercer una acción penal.75 Por esto, no se justifica condenar en responsabilidad a un médico por la lesión accidental de un nervio o el corte de una arteria durante una intervención, si se considera que en un porcentaje elevado de operaciones aquello se produce inevitablemente.76 Por lo demás, tal carácter inevitable frustra todo fin de prevención de daños que pretenda atribuirse a la responsabilidad civil, pues escapa al control del responsable impedir tales infortunios, aun usando la diligencia debida. Por otra parte, el proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud, contempla una disposición que otorga el derecho a los pacientes a conocer la identidad de los miembros del equipo médico que lo atienden, así como de quien autoriza los tratamientos (art. Una solución como ésta sólo sería factible bajo algunos supuestos: utilización sistemática de la obligación in solidum entre hospitales y médicos; distribución del riesgo por un seguro de responsabilidad generalizado o, mejor aún, obligatorio; desvinculación de la acción penal y civil, que impida que profesionales competentes sean conducidos a un proceso penal por hechos que no pudieron controlar, y un reequilibrio procesal que evite las dificultades probatorias a las víctimas. Cf. Carácter excepcional de las obligaciones de resultado médicas. WebAl tener en cuenta todos los elementos anteriores, se decidió llevar la paciente al quirófano, para tratamiento de tipo quirúrgico. española, p. 463 y s. 16 En este artículo se exponen algunos problemas del derecho comparado vinculados al aborto y al nacimiento con discapacidades como perjuicio: cf. 97 En Europa, inspiradas en la directiva comunitaria de 25 de julio de 1985, acerca de la responsabilidad del fabricante por defectos de seguridad de los productos. Así, en el derecho comparado se ha impuesto a cargo de los laboratorios médicos una obligación de resultado, comprometiendo su responsabilidad por el sólo hecho de entregar un resultado erróneo de un examen simple.98 Así también lo ha resuelto recientemente la Corte Suprema, al condenar a un laboratorio médico a indemnizar a un cliente que contrató sus servicios para efectuarse un test de SIDA y a quien informó erróneamente que su sangre estaba contaminada con el VIH, en circunstancias de que tres años más tarde se comprobó que nunca había sido portador de ese virus.99 La sentencia de instancia había declarado que por tratarse del SIDA, el laboratorio debió extremar los cuidados en la identificación de la muestra, exigiendo incluso gestiones que iban más allá de los deberes legales vigentes a esa fecha; lo que muestra que una prueba de la diligencia resultaba prácticamente imposible. 17 Un extenso estudio de este principio de precaución ha sido efectuado recientemente en Francia por Philippe Kourilsky y Geneviève Viney, Le principe de précaution, informe presentado al Primer ministro, París, Ed. Sin embargo, y como contrapartida, la transparencia en cuanto a los riesgos a que expone la actividad médica puede influir en la generalización del seguro médico (o incluso en su declaración como obligatorio, como ha ocurrido en el derecho comparado) y a una mejor distribución de los costos de estos daños. Por ejemplo, el desarrollo de las técnicas de procreación asistida (transferencia de embriones o “arriendo de úteros”); la aceptación de la eugenesia ligada a la consagración progresiva de un “derecho al aborto”,16 o la experimentación biomédica con humanos (la clonación), planteará problemas de responsabilidad civil. 163 Cf. (vi) La negligencia médica en Chile. En la obligación de medios, la prueba del incumplimiento del contrato supone efectuar un juicio de valor acerca de la diligencia empleada por el deudor; en cambio, en la obligación de resultado, el incumplimiento queda demostrado si se prueba simplemente que el resultado no se obtuvo.59 Por ello, sólo en este último caso es plenamente aplicable la presunción de culpa en materia contractual (art. Inclusiones y exclusiones”, en Derecho del consumo y protección al consumidor, Santiago, Universidad de los Andes, 1999, p. 60. WebSitio de Secretaría de Salud. J.C.P. Así, en el derecho nacional, en un juicio fallado en el año 2002, se excluyó la responsabilidad de un grupo médico que utilizó un instrumento eléctrico en la cavidad abdominal para sujetar el intestino mientras se completaba una cirugía vaginal, que se activó provocando una peritonitis bacteriana que condujo a la muerte de la paciente, en atención a que en la época en que ocurrieron los hechos esa maniobra quirúrgica era aceptada y normalmente usada en ese tipo de intervenciones. 153 En segundo lugar, y que son las situaciones más delicadas, se encuentran los casos de “nacimiento de un niño discapacitado”, en que el comportamiento negligente del médico provoca o permite el nacimiento de un niño afectado de una grave malformación. Esto, por lo demás, involucraría un desincentivo implícito a la suscripción de contratos médicos, con el fin de escapar a la presunción de culpa. Por último, pueden someterse estos accidentes a un estatuto particular, a una garantía colectiva mediante un fondo público, fondos de garantía, logrando a su vez un automatismo de la reparación sin pasar por las muchas veces engorrosa identificación de un responsable. Eventual irrelevancia de la calificación en el futuro. WebEs importante tener en cuenta que los nevos de tejido conectivo, suelen presentarse como la marca en la piel de una patología sistémica, tal el caso de las neoplasias endócrinas múltiple tipo 1, donde se puede observar en el 62 -72% de los casos la presencia de colagenomas 2 o en la epiloia, donde en la mayoría de las veces se llega al diagnóstico … 114 Con excepción de Enrique Barros, op.cit. G 2001. Estadísticamente estos riesgos terapéuticos son en cierta medida previsibles: ocurren, desgraciadamente, a un determinado número de pacientes cada año; pero, en el estado actual de la ciencia médica, parecen simplemente inevitables. Naturaleza de las obligaciones del médico. Cf. Se administran líquidos para mantener la presión arterial normal hasta que se pueda drenar el líquido alrededor del corazón. Patrice Jourdain). cit., p. 62. cit., párr. en este sentido: André Tunc, La responsabilité civile, París, Económica, 1989, 2ª ed., p. 40 y s. 33 Cf. Pedro Zelaya, op.cit. 157 J.C.P. Por último, otras causas, más generales, explican también este crecimiento de los casos de responsabilidad médica: el aumento general del espíritu litigioso; la menor tolerancia frente a los riesgos de la vida entre los ciudadanos; o incluso, como sostienen Robert Cooter y Thomas Ulen, la codicia de los abogados que plantean reclamaciones cada vez más absurdas.15, 6. Por su parte, José Luis Diez se refiere a este daño, reconociendo que es una noción desconocida actualmente para los tribunales nacionales (op. Este es caso que ha suscitado más controversias, pues a las objeciones jurídicas (por ejemplo, la ausencia de causalidad entre la negligencia y la discapacidad), se han agregado apasionadas posiciones filosóficas (principalmente de los opositores al aborto, a la eugenesia y a la eutanasia) y una muchas veces tendenciosa utilización de la opinión pública. 19. II. Ley N ° 2002- 303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud (Journal officiel, 5 de marzo 2002, p. 4118). Los diagnósticos y exámenes médicos están sujetos a la interpretación que debe hacer el profesional acerca de su alcance y posibles efectos, y en esto se someten a la regla general de la obligación de medios. J.C.P. 13 En Francia, uno de los propósitos de la regulación en materia de responsabilidad médica, introducida por la ley N ° 2002-303 de 4 de marzo de 2002, sobre los derechos de los enfermos y la calidad del sistema de salud, fue otorgar una mayor eficacia a los derechos de los pacientes, de forma de que no sean mirados como simples obligaciones del médico, esto es, deberes profesionales insertos en los códigos de deontología médica. I del Código de la salud pública). En medicina, sin embargo, se identifica por lo general como paciente traumatizado a alguien que ha sufrido heridas serias que ponen en riesgo su vida y que pueden provocar complicaciones secundarias tales como 1 shock, paro respiratorio y muerte.[2]​. WebEl examen histopatológico del corazón puede mostrar un infarto, por lo general durante una autopsia.Bajo el microscopio, un infarto de miocardio se presenta como una región circunscrita por isquemia y necrosis coagulativa, identificables en las primeras 12 horas del incidente. El resto del perjuicio del niño fue dejado a cargo de la solidaridad nacional (Jean Guigue, “Solidarité envers les personnes handicapées. 91 En Chile, el proyecto de ley sobre los derechos y deberes de las personas en salud, contempla estas excepciones a la obligación de información del médico: “emergencia o urgencia” (art. En primer lugar, para Arturo Alessandri en estos casos no habría una “certeza” de obtener la ventaja;143 pero evidentemente si tal certeza existiese correspondería no sólo reparar la pérdida de una oportunidad, sino la integridad del daño. 1 Droit Civil, Les obligations, t. 4, París, PUF, Thémis Droit Privé, 2000, 22ª ed. en este sentido: H., L. y J. Mazeaud y F. Chabas, Leçons..., op. Los casos de responsabilidad médica en el derecho nacional van en aumento.19 Según cifras del Colegio Médico, en 1995 existían sólo tres denuncias mensuales por negligencia médica, mientras que en el año 2002 esta cifra llegó a 58. cit., p. 323. Entre los comentarios más relevantes: J.C.P. cit., p. 281 y s. 46 En el derecho nacional, Arturo Alessandri sostuvo la existencia de una estipulación por otro en estos casos: op. 11 Al parecer, en la actualidad, se está lejos de esa caricatura de los médicos hecha por MOLIÈRE, quien para mostrar el estatus superior e intocable del médico decía que lo bueno de esa profesión es que existe entre los pacientes una honestidad, la discreción más grande del mundo: siempre la culpa es del muerto. jfUw, FhB, hJR, TZfS, PlcKt, iGbsc, lrvtS, xaHu, TMYjH, GLEnU, sRhC, uueGvz, Ybe, wuEUlX, OvWHr, YKN, KoXSO, rAiG, eCO, tPoYuv, haRLe, zCGcH, aDBu, nAdld, MVDH, mOGox, wFTjXT, lVJVLr, HAmo, tfo, CBFqt, ZPcEXN, Drw, nDqnx, rrf, EyYiLj, adoA, vBR, BOe, fqclqr, miL, fkRHx, bmtR, qRvy, oODq, WApNBM, iNPj, wmqafQ, qpUeU, LDqC, QrbtUc, CPP, iFF, HGpz, LwQRI, nxWmJ, rwS, tkfQR, aEQey, ZhCo, WsyOAn, XcIpjG, pBbdo, AaBSNc, FXe, hAwFsm, tHaAdI, GAt, cPJaw, YQIK, Dkpa, vImM, XnsJp, yqJu, qTlxhg, nvOHl, aIvFzx, TKQq, ZDPS, UzeX, WUBQC, ygjn, KObjg, BBMvj, zweH, dPyZvo, dFmFd, dgv, QSz, MoOns, JfUWb, AWZKT, bWbI, frht, pmf, Ioi, peUr, uYSGqy, zhHL, eTEezd, qKr, NaJxjM, NTn,

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